POR MERCEDES PERALTA CUEVAS
El concepto de justicia ha sido una constante en la historia de la humanidad. La Biblia lo menciona en 558 ocasiones, y uno de sus pasajes más emblemáticos lo recoge en el Evangelio de Mateo: “Bienaventurados los que tienen hambre y sed de justicia, porque ellos serán saciados” (Mt 5:6).
En la República Dominicana, la Constitución consagra la justicia y la dignidad humana como pilares fundamentales. Bajo el título de Derechos, Garantías y Deberes Fundamentales, el artículo 38 establece: “La dignidad del ser humano es sagrada, innata e inviolable; su respeto y protección constituyen una responsabilidad esencial de los poderes públicos”1.
El Poder Judicial y la tutela de la dignidad
Sobre estos principios, el Poder Judicial ha asumido la responsabilidad de tutelar la dignidad humana. Entre sus esfuerzos destacan la reducción de la mora judicial y la garantía de respuestas oportunas, con la obligación de justificar las excepciones. Asimismo, sus voceros buscan interpretar las decisiones en favor de la ciudadanía, especialmente en conflictos que generan incertidumbre o tensión social.
La dignidad, sin embargo, no es un valor exclusivo de las instituciones públicas: debe ser protegida en todos los ámbitos de la vida social, tanto públicos como privados.
En este sentido, el Poder Judicial está llamado a predicar con el ejemplo, garantizando primero la dignidad de sus propios miembros. No resulta creíble ofrecer aquello que no se practica internamente. La cooperación y coordinación entre las instituciones del Estado es clave para fortalecer esa tutela, pues el respeto a la norma genera confianza, seguridad y estabilidad.
Una mirada histórica: la crisis de 1995
El desempeño del Poder Judicial ha sido objeto de críticas en distintos momentos de la historia reciente. En 1995, la revista Rumbo publicó una serie de artículos que cuestionaban severamente la actuación de la Suprema Corte de Justicia. En su edición del 2 al 8 de agosto, Sandy Lockward firmó el texto “La Suprema Corte bajo sospecha”, donde se denunciaba tráfico de influencias y deficiencias en las decisiones penales.
Juristas como Welinton Ramos y Wilson Gómez expresaron públicamente su preocupación. Una encuesta citada en el artículo reveló que el 92 % de los encuestados rechazaba la candidatura del entonces presidente de la Suprema Corte.
Estas críticas, sumadas a las de reconocidos intelectuales como Pedro Delgado Malagón, Frank Moya Pons, Adriano Miguel Tejada, Eduardo Jorge Prats, Juan Bolívar Díaz, Delia Blanco, Juan Daniel Balcácer y Marcio Veloz Maggiolo, generaron un impacto mediático que desembocó en reformas constitucionales y cambios en la composición del Poder Judicial.
La reforma de 1996, conocida como la Constitución de las reformas, otorgó mayor autoridad y legitimidad a los jueces de la Suprema Corte, quienes pasaron a ser elegidos por el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo dispuesto en la reforma de 1994.
La dignidad como valor inherente
La dignidad humana es un valor inherente al ser humano. Implica respeto y valoración de cada individuo como ente único dentro de la sociedad, reconociendo sus particularidades y protegiendo sus derechos.
La tutela de la dignidad no es solo un mandato constitucional, sino una exigencia ética que debe guiar la actuación de las instituciones y de la ciudadanía en su conjunto.
jpm-am
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