Claudia Sheinbaum, presidenta de México, firmó un decreto para garantizar espacios digitales seguros para niñas, niños y adolescentes. La medida incorpora una serie de requisitos que las plataformas digitales deberán implementar para evitar que los usuarios más jóvenes queden expuestos a contenidos que promuevan distintas formas de violencia, acoso y conductas autodestructivas. Aunque estas disposiciones son obligatorias, el mecanismo de regulación no contempla sanciones para los servicios que incumplan el mandato.
Luisa María Alcalde, consejera jurídica del Ejecutivo Federal, aseguró que el decreto se fundamenta en el artículo 101 Bis de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que establece la obligación del Estado de garantizar el acceso y uso seguro de internet mediante medidas para prevenir y atender posibles incidentes de ciberacoso y otras agresiones que vulneren la intimidad, privacidad, seguridad y dignidad de los menores de edad.
La funcionaria explicó que la administración federal se reunió con representantes de diversas empresas tecnológicas para analizar el contenido de la disposición y debatir su implementación. Alcalde destacó el acuerdo alcanzado con Meta, Microsoft, Apple, TikTok, X (antes Twitter), Google y Huawei.
“Reconocemos la actitud de todas las plataformas que, lejos de mostrar resistencia, entendieron la necesidad de un instrumento de esta naturaleza. Incluso, expusieron sus avances al respecto y, en todos los casos, las plataformas ya identifican y retiran contenidos [nocivos]”, añadió.
¿Qué establece el decreto?
De manera específica, el decreto prohíbe a los servicios digitales permitir que los usuarios más jóvenes accedan, se expongan o reciban recomendaciones de contenidos, imágenes o videos que generen o promuevan las siguientes conductas:
- Discursos de odio y extremismo violento.
- Abuso, explotación o violencia sexual.
- Suicidio, autolesiones deliberadas y trastornos alimenticios.
- Violencia en el entorno escolar.
- Acoso y ciberacoso.
- Conductas ilícitas.
- Material sexual explícito.
Las empresas tecnológicas deberán “garantizar desde su diseño la seguridad y protección” de niñas, niños y adolescentes mediante la implementación obligatoria de mecanismos de verificación de edad, herramientas de supervisión parental, sistemas de denuncia y funciones de privacidad predeterminadas. También tendrán que identificar y retirar de inmediato cuentas o publicaciones que promuevan o generen cualquier forma de violencia, así como clasificar por edad los materiales difundidos a través de sus servicios.
La disposición establece, además, que las plataformas deberán colaborar con las instancias de seguridad y procuración de justicia. Para ello, tendrán que habilitar un punto de contacto disponible las 24 horas del día, los siete días de la semana, para atender solicitudes de información de las autoridades, preservar y entregar evidencias que faciliten las investigaciones en curso e implementar un sistema de alerta inmediata para detectar contenidos que atenten contra la vida.
Tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación, las plataformas tendrán un plazo de 30 días naturales para documentar e informar sobre las acciones implementadas para cumplir con las disposiciones. La Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) será la encargada de supervisar este procedimiento.
Los vacíos de la nueva regulación
Cabe destacar que, aunque el decreto es obligatorio, no establece un esquema de sanciones para los servicios que lo incumplan. “Si vemos que no se está cumpliendo, entonces pasaríamos a una ley que también implicaría sanciones a las plataformas”, subrayó Sheinbaum.
Por su parte, Alcalde añadió que la disposición instruye a la Consejería Jurídica a instalar una mesa de trabajo para coordinar posibles regulaciones adicionales que fortalezcan la protección y seguridad en los espacios digitales.

